En el artículo 4 de la Ley 11/2003 se prohíbe el empleo de animales en circos y otras atracciones si son objeto de tratamientos antinaturales 

Luis Gilpérez, representante de la Asociación Andaluza para la Defensa de los Animales (Asanda), remitió escrito al Ayuntamiento sevillano recordándole sus obligaciones sobre el tratamiento que se les da a los animales en los circos instalados en Sevilla durante la Feria de Abril.

En el escrito se insta a los Servicios Municipales que tienen competencia en la autorización de atracciones feriales a diligenciar las licencias municipales de la Feria de Abril, según las disposiciones que recoge la Ley 11/2003 de Protección de los Animales.

Atracción de circo con elefantes 

En el artículo 4 de la Ley 11/2003 se prohíbe el empleo de animales en circos y otras atracciones si son objeto de tratamientos antinaturales. Se solicita a los servicios municipales, en concreto a los servicios técnicos veterinarios municipales, al servicio de protección medioambiental y a la sección de licencias, a que hagan constar de manera clara en las licencias que pudieran conceder la prohibición recogida en el artículo 4 de la Ley afecta directamente al empleo de animales en números de domadores y similares.