Mar 18 Mar 2008
Ley tenencia animales en Uruguay
Publicado por admin.
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La nueva Ley de tenencia de animales de Uruguay contempla que al comprar una mascota se registre ante el estado y que se le coloque el chip identificativo.
El registro nacional de animales de compañía y el registro de prestadores de servicios para animales serán una realidad si la ley de tenencia animal recibe el visto bueno en la Cámara de Diputados al proyecto que fue votado a principios de marzo ne el Senado.
Los Senadores blancos, colorados y frenteamplistas, elaboraron esta ley que contempla severas multas de hasta 8.000 dólares USA a los que castiguen o maltraten a los animales.
La iniciativa incluye la obligación de registrar todos los animales domésticos ante la Comisión Honoraria de Bienestar Animal creada a tal efecto. Se define animal de compañía a “todo aquel que sea mantenido sin intención lucrativa y que conviva con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor atención, protección, alimento y cuidados sanitarios”.
Aunque la ley contemplaría a todas las mascotas, desde el perro al hámster, se elaboró pensando principalmente en el problema que genera el número de perros en Uruguay, calculado en al menos un millón de ejemplares, y entre el 5 y 7% de los mismos, es decir, de 50.000 a 70.000 tiene hidatidosis y está en zonas de contexto crítico.
Si prospera la ley como está concebida, al momento de comprar el animal o cuando se paga la patente se hará el registro correspondiente del animal, para evitar el tráfico ilegal de mascotas, su robo o los posibles ataques de los perros.
Se trata también de implantar un proceso de implante del chip o chipear a cada animal de la misma forma que se está haciendo en Europa. El chip es un pequeño dispositivo de metal del tamaño de un grano de arroz que se inyecta en las costillas del animal o en el cuello, quedando registrada la información del perro y del dueño del animal. A los animales que se le implantó el chip se les pone un collar que lo refiere.
Es un servicio que tiene poca demanda en la actualidad en Uruguay; el sistema permite identificar ante pérdidas o robos y en caso de ataques del animal se puede identificar tanto al perro como a su dueño.
Los prestadores de servicios también deberán registrarse, es decir que refugios para animales, criaderos, servicios de paseadores y adiestradores, tiendas de mascotas, empresas comercializadoras de productos cosméticos para mascotas, comercializadoras de vestimenta y de alimentos para animales o paseadores de perros deberán estar registrados.
El proyecto también incluye como sanción la prohibición de matar a los animales, salvo para “dar fin a sufrimientos ocasionados por accidentes o enfermedades”. No se les podrá envenenar, ahorcar o usar otros procedimientos que causen sufrimientos innecesarios o agonías prolongadas.
No se usaran animales vivos para la práctica del tiro al blanco o la promoción de peleas entre animales, entre otras normas.
La Comisión Honoraria se responsabiliza de la recepción de las denuncias y de investigar sobre malos tratos; su estructura será simple y si es necesario se actuará con la Policía y la Justicia.
La Comisión podrá contratar personal y se financiará con las multas, por la tasa de registro de prestadores de servicio y con el 50% de lo recaudado por el concepto de patente de perro por la Comisión de Lucha contra la Hidatidosis.
Violar esta ley fija sanciones que van desde el apercibimiento, multas de 1 a 500 unidades reajustables (de 15,5 a 7.778 dólares USA), la confiscación de animales, la cancelación de autorizaciones o habilitaciones o la prohibición de tendencia de animales.
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Marzo 19th, 2008 at 9:46 pm
apoya la ley este 29 de marzo en av.Giannatacio y Alvear te asperamos a las 14hs.km.20.500
Octubre 3rd, 2008 at 4:33 pm
Estuve en el evento fue un exito.
Espero que sirva para concientizar a los diputados y senadores y que aprueben la ley.
Felicitaciones a ” SER ANIMAL” por esa maravillosa jornada que organizaron